Tutorial de registracion abc
instructivo_sistema_de_reclamos

CAMBIOS EN EL AREA DE JUBILACIONES

CONTACTO: jubilacionesrosales@gmail.com

JUBILACION  JAD: NO SE REALIZAN MAS

JUBILACION DE OFICIO: DESDE MARZO DEL 2020 SE DEJO SIN EFECTO  HASTA NUEVO AVISO,

*EL AUXILIAR QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS JUBILATORIOS EN FORMA VOLUNTARIA, PUEDE REALIZAR LA JUBILACION DIGITAL, TENIENDO O NO EXPEDIENTES EN PRIVADO 

JUBILACION DIGITAL :  SE PUEDE REALIZAR TANTO PARA DOCENTES COMO PARA AUXILIARES DE LA DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION:

* Los agentes  que cumplan con los requisitos jubilatorios como años de aporte y edad, pueden realizar la JUBILACION DIGITAL

*Se realiza  por medio de  la plataforma del  ABC, entrando en servicios  en la misma  encontraran instructivos explicativos del paso a paso para realizar la jubilación,

PENSIONES: No se presentan más las planillas apaisadas, en el momento que se carga por Suna el cese por fallecimiento, la Dirección de Jubilaciones y Certificaciones   generara  el código de la certificación de servicios, el cual llegara Resolución y código al consejo escolar por GDEBA y se le entrega al familiar para que lo solicite la pensión en el IPS   

 RECLAMOS: Los reclamos cualquiera sea el caso EJ: Modificar código Jubilatorio, Reclamar Antigüedad, Solicitar constancia para presentar en IOMA  ect, se realiza con su usuario del ABC  por el sistema  de GLPY (SISTEMA DE RECLAMOS) que se encuentra en la plataforma del ABC ,

* Entrando a la aplicación Jubilaciones: está la opción otros trámites, dónde se puede pedir Certificación de Servicios, Reclamar Premio  y Realizar Cierre de Computo Transferible 

* Si no tiene Usuario: Se crea nuevo Usuario 

* Si olvidó  contraseña: Elegir opción recuperar contraseña

 

Responsable del Area: Isabel Carina Velasquez

 

DECLARACION JURADA

CESE ORDINARIO (ADHESION)

DATOS PERSONALES E HISTORIAL LABORAL 2018

INSTRUCTIVO SISTEMA DE RECLAMOS

DECLARACION DE SERVICIOS FUERA DE DGCyE

LEY DE JUBILACION

CIERRE DE COMPUTOS

REGIMEN PREVISIONAL DECRETO-LEY 9650/80

 

Cuadro de Antiguedades y o prcentajes jubilatorios.

INCISO B: MG (con 25 a Fte a Alumnos). Profesor 20 Hs catedras y 25 frente a Alumnos, Asistentes Soc, Orientadores Soc. Medico Escolar, Directora de 3ª:

                50 años de edad y 25 de servicio: 75%

                53 años de edad y 28 años de servicio: 80%

                55 años de edad y 30 años de servicio: 85%

INCISO C: MG y Profesor (con 10 a fretne a alumnos) Precepores, Bibliotecarios, Secretarios, Directores,Vicedirectores:

                50 años de edad y 25 de servicio 70%.

                53 años de edad y 28 años de servicio 75%

                55 años de edad y 30 años de servicio 80%

INCISO D: MG y Profesor (sin 10 años frente a alumnos), Asesores Docentes, Secretario de 1ª, 2ª y 3ª, Inspectores de Areas, Inspetores Jefes, Secretario de Inspección:

                55 años de edad y 30 años de servicio 70%

                58 años de edad y 33 años de servicio 75%

                60 años de edad y 35 años de servicio 80%

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INSTRUCTIVO DE JUBILACIONES Y CERTIFICACIONES

Inicio del trámite jubilatorio:
 
 Si usted cumple con los requisitos mínimos para poder percibir su jubilación correspondiente, deberá iniciar su trámite jubilatorio con 6 meses de antelación como máximo o 3 como mínimo de la fecha requerida de cese.
 
Todas las modalidades se inician en la Dirección de Jubilaciones y Certificaciones, por Consejo Escolar -actúa como correo- o apoderado con carta poder, a excepción de la modalidad Jubilación Ejecutiva que es por SAD y vía virtual. 
 
Modalidades (deberá optar por una de estas, para poder acogerse al beneficio jubilatorio):

·  Cese Ordinario (C.O) 

Se accede cuando el agente reúne los requisitos mínimos para la jubilación y puede optar por un anticipo jubilatorio -si lo desea percibir deberá llenar su formulario correspondiente-. El anticipo consta del 60% del básico más la antigüedad del último cargo y no posee movilidad.

·  Jubilación Automática Docente  (J.A.D)

Esta modalidad es solo para docentes, en la cual mediante una declaración jurada de su historia laboral comenzará a cobrar su haber transitorio al mes siguiente de su cese. Para que esto se efectúe deberá presentar ante el IPS la documentación correspondiente luego de iniciar su jubilación en la Dirección de Jubilaciones y Certificaciones. 

·  Cierre Condicionado de Computo  (C.C.C)

Esta modalidad permite al agente iniciar su trámite tendiente a la obtención de su jubilación pero permanezca en el cargo mientras se realizan las distintas etapas del trámite, ya que no realiza un cese sino un cierre de edad y servicios a la fecha requerido y  deberá seguir trabajando hasta que se le otorgue su cese definitivo.
Todo lo posterior al cierre trabajado no será computado.

·  Cierre Condicionado de Computo Transferido (C.C.T)

Esta modalidad es parecida a la modalidad anterior (C.C.C) con la diferencia que el lapso aportado entre el inicio del Cierre de Cómputo Transferido y la fecha de cese definitivo se computa mediante una ampliación de servicios. Además se realiza cuando el agente prestó servicios en Provincia y cuya caja otorgante no sea el IPS, si hay reciprocidad entre las mismas. 

·  Jubilación Ejecutiva (J.E)

Esta modalidad requiere poseer años puros públicos en Provincia de Buenos Aires y que sea requerida como primer jubilación. 

Se inicia en la SAD (Docentes) o Consejo Escolar (no docentes) de su distrito, donde le dan el alta en el sistema para que comience a cargar su declaración jurada de su historia laboral desde el portal ABC. Luego debe dirigirse nuevamente a la SAD para informar cuando su planilla esté finalizada con su DNI.Una vez culminados los tramites, no debe apersonarse en ninguna etapa del recorrido de su trámite ya que será enviada de oficio (por los organismos correspondientes).

·  Reconocimiento de Servicios (R.S):

Si usted se encuentra cesado en el cargo solo podrá solicitar una Certificación de Servicios con fines Previsionales (Reconocimiento de Servicios), donde se confeccionan su certificación de servicios y el detalle de sus últimos sueldos.


Una vez que usted haya decidido bajo que modalidad iniciará su trámite jubilatorio, le solicito nos lo informe por este mismo medio, a los fines de poder brindarle los formularios correspondientes.

Modalidades y documentación

·  Cese Ordinario (C.O) 

Se accede cuando el agente reúne los requisitos mínimos para la jubilación y puede optar por un anticipo jubilatorio -si lo desea percibir deberá llenar su formulario correspondiente-. El anticipo consta del 60% del básico más la antigüedad del último cargo y no posee movilidad.

Documentación:

·  Formulario de renuncia

·  Formulario de datos personales e historia laboral

·  Formulario de servicios prestados fuera de la DGCyE -si es necesario-

·  Formulario de anticipo jubilatorio -si es requerido-

·  DNI y copia

·  Último couli

·  Toda documentación que considere respaldatoria de su historia laboral -si se considera necesario-

Jubilación Automática Docente  (J.A.D)

Esta modalidad es solo para docentes, en la cual mediante una declaración jurada de su historia laboral comenzará a cobrar su haber transitorio al mes siguiente de su cese. Para que esto se efectúe deberá presentar ante el IPS la documentación correspondiente luego de iniciar su jubilación en la Dirección de Jubilaciones y Certificaciones. 

Documentación:

·  Formulario de renuncia

·  Formulario de datos personales e historia laboral

·  Formulario de servicios prestados fuera de la DGCyE -si es necesario-

·  DNI y copia

·  Último couli

·  Toda documentación que considere respaldatoria de su historia laboral -si se considera necesario-

-Toda la documentación debe estar por triplicado- 

·  Cierre Condicionado de Computo  (C.C.C)

Esta modalidad permite al agente iniciar su trámite tendiente a la obtención de su jubilación pero permanezca en el cargo mientras se realizan las distintas etapas del trámite, ya que no realiza un cese sino un cierre de edad y servicios a la fecha requerido y  deberá seguir trabajando hasta que se le otorgue su cese definitivo.
Todo lo posterior al cierre trabajado no será computado.

Documentación:

·  Formulario de Cierre Condicionado de Cómputo 

·  Formulario de datos personales e historia laboral

·  Formulario de servicios prestados fuera de la DGCyE -si es necesario-

·  DNI y copia

·  Último couli

·  Toda documentación que considere respaldatoria de su historia laboral -si se considera necesario-

 

·  Cierre Condicionado de Computo Transferido (C.C.T)

Esta modalidad es parecida a la modalidad anterior (C.C.C) con la diferencia que el lapso aportado entre el inicio del Cierre de Cómputo Transferido y la fecha de cese definitivo se computa mediante una ampliación de servicios. Además se realiza cuando el agente prestó servicios en Provincia y cuya caja otorgante no sea el IPS, si hay reciprocidad entre las mismas. 

Documentación:

·  Formulario de Cierre Condicionado de Cómputo Transferido

·  Formulario de datos personales e historia laboral

·  Formulario de servicios prestados fuera de la DGCyE -si es necesario-

·  DNI y copia

·  Último couli

·  Toda documentación que considere respaldatoria de su historia laboral -si se considera necesario-

Para la segunda espata del CCT -cuando obtiene el cese jubilatorio de su caja otorgante-

·  Formulario de Renuncia

·  DNI y copia

 

·  Jubilación Ejecutiva (J.E)

Esta modalidad requiere poseer años puros en Provincia de Buenos Aires y que sea requerida como primer jubilación. 

Se inicia en la SAD (Docentes) o Consejo Escolar (no docentes) de su distrito, donde le dan el alta en el sistema para que comience a cargar su declaración jurada de su historia laboral desde el portal ABC. Luego debe dirigirse nuevamente a la SAD para informar cuando su planilla esté finalizada con su DNI.

Una vez culminados los tramites, no debe apersonarse en ninguna etapa del recorrido de su trámite ya que será enviada de oficio (por los organismos correspondientes).

 

Documentación:

·  Formulario de renuncia -otorgado por la SAD cuando se da el inicio al cese jubilatorio-

·  Cuatro pantallas de la ANSES

·  Copia de DNI

               -Toda la documentación debe estar por duplicado-

 

·  Reconocimiento de Servicios (R.S):

 

Si usted se encuentra cesado en el cargo solo podrá solicitar una Certificación de Servicios con fines Previsionales (Reconocimiento de Servicios), donde se confeccionan su certificación de servicios y el detalle de sus últimos sueldos.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

-FORMULARIO DE CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS CON FINES PREVISIONALES – adjunto en el mismo cuerpo del mensaje.

-FORMULARIO DE DATOS PERSONALES E HISTORIA LABORAL, donde figura el Mejor Cargo (en el caso de que hayan sido computados servicios con al menos 36 meses consecutivos o 60 alternados).

-NÚMERO DE RESOLUCIÓN DE BAJA POR CAUSAS PARTICULARES. Es necesario el número de resolución –o en el caso que esté en trámite el número de expediente-.

Docentes: pueden solicitar la copia de la resolución en la Dirección General de Cultura y Educación –sita en calle 13 entre 56 y 57, primer piso-.

Docente y No docentes: pueden solicitar el número de resolución en el Departamento Movimiento de Personal  (contacto Mesa de Ayuda: direccion_personal@abc.gob.ar) o la Dirección de Coordinación Administrativa (calle 13 entre 56 y 57 - Resoluciones - Subsuelo).

-FOJA DE SERVICIOS (SÓLO PARA QUIEN HAYA TITULARIZADO): se solicita en Legajos –Fojero (Dirección: Calle 12/ 69 y 70 N° 1844, La Plata - Teléfono: 4516178). En el caso de que no esté actualizada, se requiere el número de resolución de renuncia.

-CUALQUIER DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE SUS SERVICIOS (Ejemplo: cuaderno de actuaciones).

-ÚLTIMO COULI (recibo de sueldo).

-FOTOCOPIA DE DNI.

-INFORME MEDIANTE UNA NOTA ANTE QUE LUGAR SE PRESENTARÁ  EL RECONOCIMIENTO.

·  Certificación de servicios sin fines previsionales clase "C" y clase "B":

Le informo que a partir del 1/02/2018 las certificaciones de servicios no se solicitan ni envían por e-mail.

-Si lo que usted desea es una certificación de servicios sin fines previsionales de TIPO B (para IOMA u otros trámites) o de TIPO C (certificación de servicios- antigüedad):

 Si vive a más de 300 km

Deberá enviar un e-mail a éste correo adjuntando una fotocopia de DNI y certificado de domicilio.

 Si vive a menos de 300 km

Deberá presentarse en la Dirección de Jubilaciones y Certificaciones, con su DNI y fotocopia del mismo.

La Dirección de Jubilaciones y Certificaciones -sita en Calle 8 N° 713 / 46 y 47-, atiende al público de Lunes a Viernes en el horario de 8:30 hs. a 14:00 hs., por orden de llegada.

Además deberá aclarar ante que entidad debe ser presentada dicha certificación o si es de uso personal y si le es posible completar el formulario que le adjuntaré.

A saber:

Debe tener en cuenta que están digitalizados los servicios (en general) a partir de 1999.

Escuelas provincializadas: lo fueron  a partir de 01-01-1994. Servicios anteriores de escuelas nacionales deberán solicitarse en Nación.

No están descontadas las licencias sin goce de sueldo en la antigüedad que aparece.

Acrecentamiento/ Reajuste:

Podrá presentar un acrecentamiento por los años aportados posteriores a su Jubilación, en la Dirección de Jubilaciones y Certificaciones de Lunes a Viernes de 8:30 hs. a 14:00 hs., la atención al público es por orden de llegada, puede hacerse de manera presencial, a través de un apoderado o en el Consejo Escolar de su distrito.

El Acrecentamiento podrá realizarlo mediante las modalidades, Cese Ordinario o Cierre Condicionado de Cómputos (CCC).

Cese Ordinario:

·  Esta modalidad la pueden elegir agentes pertenecientes a la Ley 10.430 y docentes

·  No tendrá acceso a un anticipo jubilatorio, por ya poseer un beneficio jubilatorio.

Documentación:

·  DNI y fotocopia del mismo.

·  Formulario Datos Personales e Historia Laboral.

·  Último recibo de sueldo o Couli (opcional).

·  Toda documentación que considere necesaria para la confección de su Certificación de Servicios.

 

·  Cierre Condicionado de Cómputos (CCC):

 

Una vez que usted acceda al acrecentamiento por esta modalidad, deberá seguir trabajando hasta fecha de cese otorgada por nuestra dirección. Todos los servicios trabajados después de dicho cierre hasta el Cese Jubilatorio no serán computados.

 

Documentación:

 

·  Formulario Datos Personales e Historia Laboral. 

·  Formulario Cierre Condicionado de Cómputos.

·  DNI y fotocopia del mismo.

·  Último recibo de sueldo o Couli.

·  Toda documentación que considere necesaria para la confección de su Certificación de Servicios.

 

Determinación del Mejor Cargo:

Según lo comprendido en el Decreto Ley 9650/80 art. 41:

El docente/administrativo/auxiliar podrá jubilarse en base a su “cargo de mayor jerarquía” es decir aquel que tuvo la mayor remuneración dentro de su historial laboral.

El único requisito que debe cumplir, es tener un plazo mínimo de 36 meses consecutivos o 60 meses alternados en el cargo.

 

Simultaneidad sobre un segundo cargo

Para que exista simultaneidad debe existir un segundo cargo ejercido durante el mismo tiempo que el “mejor cargo” determinado por el docente durante 36 meses consecutivos (sin ninguna licencia sin sueldo en ambos).

De darse la existencia de simultaneidad, el Instituto de Previsión Social agrega al pago del beneficio ordinario otra suma correspondiente a:

·  2,8% por año simultaneo de servicios insalubres y docentes.

·  2% por año simultaneo de servicios comunes/administrativos.

En ambos casos existe un tope máximo del 70%.

-Igualmente si ante alguna inquietud este asesoramiento extendido no es de ayuda, no dude en realizar su consulta.-